top of page

Normativas

NORMA DEL CODEX PARA COMPOTAS (CONSERVAS DE FRUTAS) Y JALEAS1 CODEX STAN 79-1981
Esta norma se aplica a una clase de frutas para untar conocida corrientemente con el nombre de compotas y jaleas y que pueden prepararse con una sola fruta o con dos o más frutas.
1.2 Las características diferenciales de los productos son: a) el preparado debe incluir una cantidad considerable de ingrediente de fruta; y b) el producto final tiene un contenido de sólidos solubles relativamente elevado.
1.3 Las denominaciones de "compotas" y "conservas" suelen intercambiarse frecuentemente. Las "jaleas" se diferencian de las compotas en que el ingrediente fruta está constituido por el zumo (jugo) que se ha extraído de frutos enteros y se ha clarificado por filtración o por algún otro medio.
1.4 Esta norma no se aplica a:
a) Los productos preparados con edulcorantes no carbohidratos y que están claramente destinados o etiquetados para uso dietético o para diabéticos.
b) los productos con bajo contenido de azúcar.
c) los productos fabricados a partir de frutos agrios, a los que suele denominarse mermelada, y que están regulados por la "Norma Internacional Recomendada del Codex para Mermelada de Agrios" (CODEX STAN 80-1981); o d) los productos claramente destinados y registrados para su empleo en fabricación.
2. DESCRIPCION
2.1 Definiciones del producto
2.1.1 "Compota" o "Conserva" es el producto preparado con un ingrediente de fruta apropiado (según se define en 2.2.2.1):
a) que puede ser fruta entera, trozos de fruta, pulpa o puré de fruta.
b) con o sin zumo (jugo) de fruta o zumo (jugo) de fruta concentrado como ingrediente(s) facultativo(s).
c) mezclado con un edulcorante carbohidrato, con o sin agua; y 1 Anteriormente CAC/RS 79-1976.
d) elaborado para adquirir una consistencia adecuada.

DIRECCIÓN

 

Cll 45a #99d15 sur

CONTACTO

 

​

Tel: 3164892650

 

HORARIO

 

TODOS LOS DÍAS

8AM-8PM

¡Gracias por tu mensaje!

©2021 por Compota. Creado con Wix.com

bottom of page